miércoles, 3 de septiembre de 2014

Historia Migratoria de la Rep. Argentina Desde 1940 hasta la Ley Videla



Desde 1940 hasta la Ley Videla:

Durante los años treinta y cuarenta hubo un fenómeno en el interior de la Argentina que tendría un gran
impacto a nivel migratorio con los ciudadanos de sus países vecinos, el desplazamiento de trabajadores del interior del país hacia Buenos Aires, dejando muchas de las economías regionales sin mano de obra o con muy poca. En cierta forma y de manera paulatina los migrantes limítrofes comenzaron a llenar el vacío dejado por los trabajadores locales.
Durante el gobierno de Juan Domingo Perón se crea la Dirección Nacional de Migraciones en 1949, se creó con el propósito de centralizar la tarea de la regularización  y encausamiento de los migrantes. La tarea del control y fomento de los migrantes estaba atomizada en cuatro instituciones: la Dirección General de Migraciones (DGM), la Delegación Argentina de Inmigración Europea (DAIE), la Comisión de Recepción y Encausamiento de Inmigrantes (CREI)[1] y el Instituto Étnico Nacional (IEN) (Galante; 2008). Al centralizar la actividad se buscaba no sólo el mejor manejo de los migrantes, sino de disminuir los conflictos innecesarios entre instituciones cuyas funciones se solapaban. En ese mismo año el gobierno realiza dos acciones que tienen relevancia referido a las migraciones, decreta una amnistía en ese mismo año para los migrantes que no se habían regularizado y lo más importante, se crea el Ministerio de Asuntos Técnicos (MAT), que tendría un importante papel sobre las migraciones  limítrofes.
La migración interna de los ciudadanos argentinos del interior del país a Buenos Aires, provoca que los empresarios de las economías locales presionen al gobierno, a través del MAT y del Ministerio de Trabajo, para poder tener los medios para contratar a personas de los países vecinos para así satisfacer sus demandas de mano de obra. Esto dio génesis a la Cédula de Bracero, un tipo de radicación transitoria para los trabajadores estacionales y a que se firmara un tratado bilateral con Chile, en 1953, para implementar mejor este instrumento. Esta cédula bracera sienta precedente para la creación del Tránsito Vecinal Fronterizo, más conocido como TVF piedra angular de las primeras fases del MERCOSUR. Aunque sus finalidades y modalidades eran distintas permitía que un trabajador de un país limítrofe pudiese estar transitoriamente en la Argentina.
A mediados de los años 50’s comienza a descender la cantidad de migrantes europeos, y se podrá observar en todo el proceso migratorio, que a pesar de la capacidad de auto perpetuación de las migraciones no duran para siempre (Massey; s/f). Los fenómenos sociales que les dieron origen a los inmigrantes europeos ya no estaban presentes, no se veían con necesidad de buscar un futuro mejor en otro lugar. Ya desde esta época comienza la cada vez más creciente inmigración de personas de países limítrofes, Fernando Devoto sostiene, no es que comenzó, sino se hizo más notoria (Devoto; 2010). Los movimientos transfronterizos, ya se registraban en el primer censo de población de 1869, que se realizo en Argentina. Y como se menciono anteriormente ya los flujo en el interior del país estaban presentes en los años treinta y cuarenta, pero a principio de los sesenta los migrantes limítrofes buscaban trabajo en Buenos Aires de allí nace, en cierta forma, la notoriedad a que se refiere Devoto, se hacen más visible, ya no son una realidad alejada.  
Hasta la entrada en vigencia de la Ley 25.871, todos los gobiernos, tanto democráticos como los militares, consideraban la migración de los países vecinos, como un problema o como no deseados (Susana Novick; s/f), no encajaban en el modelo de país, con la identidad Argentina y la imagen que se quería dar de sí misma para el resto del mundo; de un país Europeo o lo más Europeo posible, de no ser un país latino americano más. Pero como se ha expuesto eran tolerados y eran necesarios como trabajadores estacionales, el problema yacía cuando quería establecerse de manera permanente.    
Se había establecido un patrón. A partir de los años 60’s los gobiernos militares aplicaban políticas restrictivas y policiales, mientras los gobiernos democráticos decretaban amnistías para blanquear  las masas de ilegales generados por las políticas de los gobiernos de facto. Para los gobiernos militares la cuestión migratoria era una cuestión de seguridad nacionalidad y en algunos en particular, como durante el mandato de Juan Carlos Ongania, se busco apelar y estimular la xenofobia. La política migratoria del momento era expulsar todo aquel que era ideológicamente peligroso y esto se repetiría durante el Proceso de Reorganización Nacional. Durante esta época se vuelve más notorio el concepto de  ilegal, esto condicionaría toda la relación del Estado con los migrante. El concepto del ilegal gira en torno al hecho que estos inmigrantes alteran el orden ontológico, pero con los militares se hacía cierto énfasis en que también eran una amenaza potencial a la seguridad, pero esto no coincidía con una realidad fáctica. Hay que agregar que, durante este gobierno, en el discurso formal se prefería la migración europea culta (Novick; 2010).
Para 1970 Argentina recibe 38% del total de las migración dirigidas a América Latina y el Caribe  (Giustiniani; 2004, p 24),  la mayoría de los gobiernos se planteaban la necesidad de disponer de  población activa, especialmente durante el gobierno de Illia y posteriormente el tercer mandato de Perón, los migrantes eran el medio por el cual se podía lograr el desarrollo que la Argentina necesitaba. Los gobiernos de Perón fueron los únicos que tuvieron una relativa aceptación de los migrantes limítrofes, pero se prefería la migración del ultramar. El cónsul de Paraguay manifestó que durante el gobierno de Juan Domingo Perón, durante los años 70’s, se necesitaba de mano de obra por diversos motivos y que los migrantes paraguayos eran más que bienvenidos (Martínez; 2011).    
Durante el Proceso de Reorganización Nacional nace La Ley General de Migraciones y Fomento (Ley Nº 22.439), más conocida como la “Ley Videla”, es la norma predecesora de la norma actual que enmarca la política migratoria de la República Argentina, la misma entra en vigencia 1981. Según Susana Novik (2010), la norma declara que la migración debe ser europea y se reconoce el rol del Estado en promover las migraciones, esto se analizará más adelante en este trabajo para demostrar que, en lo que se refriere a la migración europea, no era tan explicito como la autora lo expone. Rubén Giustiniani califica la norma “discriminatoria, policial y represiva” (Giustiniani; 2004, p 30), hay tener en cuenta que tuvo su génesis durante la guerra fría y está enmarcada dentro de la Doctrina de la Seguridad Nacional, que profesaba la necesidad del control de la población tanto de nacionales como de no nacionales, como un aspecto fundamental de la seguridad interna. Algunas de las características sobresalientes de la norma es que  permite la expulsión de cualquier inmigrante sin importar su estatus si es condenado más de 5 años o si  ha afectado o podría afectar la seguridad nacional. Estaba expresamente prohibido que un migrante ilegal trabaje en reparticiones públicas, empleador, hotelero, hospital, colegio, etc., debía exigir la constancia de residencia, y si el migrante no la tuviese o estuviese en una situación de irregularidad, tenían la obligación de denunciarlos. “Se podía detener sin orden de captura y allanar los hogares donde se pensaba que podía haber inmigrantes ilegales” (Marmora en Giustiniani; 2004, p 60).La posición hacia los países limítrofes era aumentar las políticas restrictivas y las expulsiones.


 




[1]             Tanto la DAIE y CREI fueron creados en 1946.

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